La cosa parece telenovelesca. Una historia de esas tradicionales en las que el malo es un malo-malote-malísimo, y el bueno es un bueno-pendejo-bobísimo. Lejos de señalar víctima o victimarios, nosotros para empezar creemos que nada justifica el cierre de un medio de comunicación, menos aún el evidente ensañamiento del Gobierno Nacional y el Presidente Hugo Chávez contra RCTV.
A pesar de que también han sido suspendidos American Network, Ritmo Son (ambos del grupo mexicano Televisa) TV Chile, Momentum (mexicano) y America TV (peruano), es evidente que, por razones de política interna, la medida ha estado dirigida principalmente a RCTV-Internacional, cuya concesión para transmitir en señal abierta, como se sabe, no fue renovada en mayo de 2007.
Asimismo, tampoco se ha tomado en cuenta el principio de la no retroactividad de la ley, pues se evaluó el desempeño de estos canales durante los últimos cuatro (4) meses antes de su salida de las transimisiones por suscripción. Lo lógico, y justo, es que luego de la aprobación de la norma técnica de CONATEL, se le diera a estos canales un período de tiempo para su adaptación antes de la entrada en vigor de las nuevas disposiciones. Es decir, la evaluación de su programación debió hacerse durante los cuatro (4) meses posteriores a la aprobación de la norma técnica
Quien sabe un poquito del negocio de la publicidad entiende que aplicar la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión (RSRT) a un canal por suscripción es igual a ponerlo al borde de la quiebra. La cosa no es sólo de himnos y cadenas, como se quiere hacer ver, pues en esos casos, la dinámica publicitaria no es la misma que la de un canal de señal abierta. Y resulta más grave la situación al leer la Norma Técnica Sobre los Servicios de Producción Nacional Audiovisual, de fecha 22 de diciembre de 2009, que fue la que originó esta crisis.
Es sencillo: la publicidad en señal abierta es más cara porque tiene más audiencia. En cambio, dado que las audiencias de televisión por suscripción son más pequeñas, la publicidad en canales por suscripción es menor y, por tanto, el espacio es más barato. De esta forma, para compensar el modelo de negocio hay que buscar un mayor número de anunciantes.
El artículo 6 de la Norma Técnica plantea una serie de regulaciones sobre difusión de publicidad y propaganda e impone una serie de restricciones que ahogarían a un canal de televisión cuyo mercado publicitario sea tan reducido. Más aún si sus contenidos programáticos son de naturaleza local.
Adicionalmente, un anunciante internacional no va a invertir dinero en un canal que podría ser encadenado constantemente por varias horas, y que además debe ceder espacios para mensajes institucionales del Estado. Hemos visto que últimamente el Presidente Chávez ha transmitido cadenas casi diariamente, situación que podría agudizarse en un año electoral, sin olvidar que constituye un abuso de los mecanismos de difusión de información pública.
Como reseñó un interesante artículo de la BBC, según los parámetros internacionales, la frecuencia con que el Gobierno Nacional “encadena” las televisoras es anormal.
Un gobierno que valorara la paz a través del consenso, se plantearía esta cuestión y crearía alguna ley especial para el caso, previa consulta con las partes interesadas. Por el contrario, un gobierno que busca la confrontación y la polarización, emite normativas inconsultas e ilógicas, otorgando, además, el mínimo margen de maniobra para que los afectados reaccionen a ello. No hay que hurgar mucho para saber cuál es el estilo de nuestro gobierno actual.
También cabría preguntarnos qué tipos de gobiernos son los que buscan presionar las voces críticas hasta ahogarlas, en lugar de “contrarrestar” esas voces con base en el debate y la discusión. Sólo un gobierno autoritario con fines egoístas –por decir lo menos –es capaz de presionar el cierre de medios de información para llevar adelante un proyecto excluyente de país.
Ya hemos realizado duras críticas a nuestra fauna mediática desde este mismo espacio y no seremos nosotros quienes defendamos a ultranza a RCTV. Pero ¿qué pasa con la gente a la que sí les gusta ese canal y que debería tener la opción de verlo? ¿Dónde queda el respeto a su criterio? ¿Dónde quedan los derechos a la libertad de expresión, la información y la comunicación libre y plural consagrados en los artículo 57 y 58 de la Constitución Nacional? Lamentablemente estamos en un punto en que para ser respetado por este Estado que confunde sus acciones con las del Gobierno y las del Partido de Gobierno, parece que sólo se puede ser complaciente y poco crítico, o simplemente ser “de su bando”.
Justificar la legalidad de la medida contra los “Productores Nacionales” que funcionan en servicios de suscripción, es caer en sutilezas que probablemente ya no es conveniente aceptar. Por no hablar de la gente que defiende la medida argumentando que RCTV se debe “poner a derecho” para volver a trasmitir libremente por cable. Para que RCTV se adapte a las exigencias de CONATEL solo tenía una opción: Cambiar su programación de un día para otro –cosa súper difícil –, y declararse en quiebra luego de ver cómo se van los anunciantes, haciendo milagros para maniobrar y darle espacio a los pocos que le queden para anunciarse en solo “diecisiete minutos por cada sesenta de programación”. Cabría aquí mencionar que la Norma Técnica en cuestión, posee su propio articulado sobre publicidad, muchísimo más restrictivo que el articulado de la Ley RSRT. A todas luces, se trata de una medida malintencionada.
RCTV usó otra opción: rebelarse. Actitud cuestionable pero válida ante el abismo en que se encontraba. Reiteramos, esta situación no se restringe solamente al Himno Nacional y las cadenas. La Ley RSRT no es una ley para canales por suscripción. El modelo de negocios de un canal por suscripción es distinto al de un canal de señal abierta. Por lo tanto, aún siendo "productor nacional", la ley debería ser distinta, o considerar opciones especiales para estos casos. Sin embargo, creemos que eso poco le preocupa al gobierno.
La Norma Técnica Sobre los Servicios de Producción Nacional Audiovisual que CONATEL diseñó fue concebida por y para RCTV, eso no necesita tampoco mucho análisis. Lo que agrava aún más el asunto, porque un Estado no puede ser discrecional al momento de crear leyes y normas, ni supeditar sus funciones legislativas al interés puramente político. Se podría decir incluso que el único que ha convertido a RCTV en mártir, ha sido el propio Gobierno Nacional con su ensañamiento patológico.
Las protestas y manifestaciones que ha desencadenado la segunda salida del aire de RCTV, nos hacen recordar sutilmente las manifestaciones de los convulsionados días previos a abril de 2002. También recordamos que fue el propio Presidente de la República el que reconoció ante la Asamblea Nacional haber provocado aquella crisis.
Admitir como “justo” el nuevo cerco administrativo de RCTV es aceptar, finalmente, que pensar distinto es en sí mismo un delito por el que hay que pagar.
A pesar de que también han sido suspendidos American Network, Ritmo Son (ambos del grupo mexicano Televisa) TV Chile, Momentum (mexicano) y America TV (peruano), es evidente que, por razones de política interna, la medida ha estado dirigida principalmente a RCTV-Internacional, cuya concesión para transmitir en señal abierta, como se sabe, no fue renovada en mayo de 2007.
Asimismo, tampoco se ha tomado en cuenta el principio de la no retroactividad de la ley, pues se evaluó el desempeño de estos canales durante los últimos cuatro (4) meses antes de su salida de las transimisiones por suscripción. Lo lógico, y justo, es que luego de la aprobación de la norma técnica de CONATEL, se le diera a estos canales un período de tiempo para su adaptación antes de la entrada en vigor de las nuevas disposiciones. Es decir, la evaluación de su programación debió hacerse durante los cuatro (4) meses posteriores a la aprobación de la norma técnica
Quien sabe un poquito del negocio de la publicidad entiende que aplicar la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión (RSRT) a un canal por suscripción es igual a ponerlo al borde de la quiebra. La cosa no es sólo de himnos y cadenas, como se quiere hacer ver, pues en esos casos, la dinámica publicitaria no es la misma que la de un canal de señal abierta. Y resulta más grave la situación al leer la Norma Técnica Sobre los Servicios de Producción Nacional Audiovisual, de fecha 22 de diciembre de 2009, que fue la que originó esta crisis.
Es sencillo: la publicidad en señal abierta es más cara porque tiene más audiencia. En cambio, dado que las audiencias de televisión por suscripción son más pequeñas, la publicidad en canales por suscripción es menor y, por tanto, el espacio es más barato. De esta forma, para compensar el modelo de negocio hay que buscar un mayor número de anunciantes.
El artículo 6 de la Norma Técnica plantea una serie de regulaciones sobre difusión de publicidad y propaganda e impone una serie de restricciones que ahogarían a un canal de televisión cuyo mercado publicitario sea tan reducido. Más aún si sus contenidos programáticos son de naturaleza local.
Adicionalmente, un anunciante internacional no va a invertir dinero en un canal que podría ser encadenado constantemente por varias horas, y que además debe ceder espacios para mensajes institucionales del Estado. Hemos visto que últimamente el Presidente Chávez ha transmitido cadenas casi diariamente, situación que podría agudizarse en un año electoral, sin olvidar que constituye un abuso de los mecanismos de difusión de información pública.
Como reseñó un interesante artículo de la BBC, según los parámetros internacionales, la frecuencia con que el Gobierno Nacional “encadena” las televisoras es anormal.
Un gobierno que valorara la paz a través del consenso, se plantearía esta cuestión y crearía alguna ley especial para el caso, previa consulta con las partes interesadas. Por el contrario, un gobierno que busca la confrontación y la polarización, emite normativas inconsultas e ilógicas, otorgando, además, el mínimo margen de maniobra para que los afectados reaccionen a ello. No hay que hurgar mucho para saber cuál es el estilo de nuestro gobierno actual.
También cabría preguntarnos qué tipos de gobiernos son los que buscan presionar las voces críticas hasta ahogarlas, en lugar de “contrarrestar” esas voces con base en el debate y la discusión. Sólo un gobierno autoritario con fines egoístas –por decir lo menos –es capaz de presionar el cierre de medios de información para llevar adelante un proyecto excluyente de país.
Ya hemos realizado duras críticas a nuestra fauna mediática desde este mismo espacio y no seremos nosotros quienes defendamos a ultranza a RCTV. Pero ¿qué pasa con la gente a la que sí les gusta ese canal y que debería tener la opción de verlo? ¿Dónde queda el respeto a su criterio? ¿Dónde quedan los derechos a la libertad de expresión, la información y la comunicación libre y plural consagrados en los artículo 57 y 58 de la Constitución Nacional? Lamentablemente estamos en un punto en que para ser respetado por este Estado que confunde sus acciones con las del Gobierno y las del Partido de Gobierno, parece que sólo se puede ser complaciente y poco crítico, o simplemente ser “de su bando”.
Justificar la legalidad de la medida contra los “Productores Nacionales” que funcionan en servicios de suscripción, es caer en sutilezas que probablemente ya no es conveniente aceptar. Por no hablar de la gente que defiende la medida argumentando que RCTV se debe “poner a derecho” para volver a trasmitir libremente por cable. Para que RCTV se adapte a las exigencias de CONATEL solo tenía una opción: Cambiar su programación de un día para otro –cosa súper difícil –, y declararse en quiebra luego de ver cómo se van los anunciantes, haciendo milagros para maniobrar y darle espacio a los pocos que le queden para anunciarse en solo “diecisiete minutos por cada sesenta de programación”. Cabría aquí mencionar que la Norma Técnica en cuestión, posee su propio articulado sobre publicidad, muchísimo más restrictivo que el articulado de la Ley RSRT. A todas luces, se trata de una medida malintencionada.
RCTV usó otra opción: rebelarse. Actitud cuestionable pero válida ante el abismo en que se encontraba. Reiteramos, esta situación no se restringe solamente al Himno Nacional y las cadenas. La Ley RSRT no es una ley para canales por suscripción. El modelo de negocios de un canal por suscripción es distinto al de un canal de señal abierta. Por lo tanto, aún siendo "productor nacional", la ley debería ser distinta, o considerar opciones especiales para estos casos. Sin embargo, creemos que eso poco le preocupa al gobierno.
La Norma Técnica Sobre los Servicios de Producción Nacional Audiovisual que CONATEL diseñó fue concebida por y para RCTV, eso no necesita tampoco mucho análisis. Lo que agrava aún más el asunto, porque un Estado no puede ser discrecional al momento de crear leyes y normas, ni supeditar sus funciones legislativas al interés puramente político. Se podría decir incluso que el único que ha convertido a RCTV en mártir, ha sido el propio Gobierno Nacional con su ensañamiento patológico.
Las protestas y manifestaciones que ha desencadenado la segunda salida del aire de RCTV, nos hacen recordar sutilmente las manifestaciones de los convulsionados días previos a abril de 2002. También recordamos que fue el propio Presidente de la República el que reconoció ante la Asamblea Nacional haber provocado aquella crisis.
Admitir como “justo” el nuevo cerco administrativo de RCTV es aceptar, finalmente, que pensar distinto es en sí mismo un delito por el que hay que pagar.
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